La corrupción, tanto en su dimensión moral como económica, es un problema de alcance global que exige nuevas regulaciones que aseguren la transparencia en las interacciones del poder político, el sector privado a nivel nacional e internacional.

La corrupción es un fenómeno clandestino que puede definirse como un comportamiento en el que una persona llamada “corrupta” se compromete a realizar, omitir o retrasar un acto a cambio de cualquier beneficio que pueda traducirse en dinero, un regalo o una promesa, utilizando sus funciones dentro de una jerarquía (Lafay, 2016). Existen generalmente dos tipos de corrupción: la primera implica una relación asimétrica y restrictiva en la que el “corruptor” se encuentra en una posición de poder superior y es capaz de obtener una ventaja de los “corruptos”. El segundo tipo implica un intercambio recíproco que implica una ganancia para ambas partes. Hay varios grados de corrupción. De hecho, existe una “micro” corrupción que se extiende a través de la banalización de prácticas dudosas como las competencias deportivas amañadas. A nivel internacional, hablaremos más bien de una “macro-corrupción” que actúa, por ejemplo, a través del comercio internacional.

Además, los contornos de la corrupción pueden ser borrosos. Sobre todo, es necesario, por tanto, distinguir la corrupción de otras prácticas como la extorsión. De hecho, mientras que la extorsión se basa principalmente en la amenaza, la corrupción se caracteriza por el carácter voluntario del acuerdo por ambas partes. También es importante señalar que la corrupción es un fenómeno que está afectando a la economía mundial. De hecho, según el Banco Mundial, representa más de un billón de dólares en sobornos al año en todo el mundo (Cabin, 2000).

En ciencia política, la definición del término ha dado lugar a la siguiente controversia. Si bien la corrupción se define generalmente como una “perversión”, esta es más una evaluación moral que un análisis político.  Nye sugiere, entonces, una definición más acotada al describir la corrupción como “un comportamiento que se desvía de las obligaciones formales de un cargo público de obtener un beneficio privado, en términos de dinero o de estatus; o que viola las reglas que prohíben el ejercicio de ciertos tipos de influencia privada” (Nye, 1967). No obstante, esta definición dificulta la identificación de comportamientos específicos que puedan ser comparados entre países. La definición de Nye se refiere a un comportamiento que es considerado corrupto bajo estándares occidentales, lo cual tiene algunas limitaciones. De hecho, se aleja de una visión moralista y no es exhaustiva en cuanto a lo que considera comportamientos corruptos como el soborno, el nepotismo y la apropiación ilícita de bienes. Además, parece necesario tener un enfoque más actualizado de esta definición, aunque la definición de Nye siga siendo una referencia clásica. En los últimos veinte años, el tema de la “corrupción política” ha surgido al destacar las denuncias regulares de escándalos políticos, y a diferencia de Nye, es la dimensión moral y democrática la que se destaca.

Photo © Mike2focus – Dreamstime.com

Legalmente, la mayoría de los países penalizan la corrupción en su legislación nacional. Además, existen convenios internacionales que combaten este comportamiento, como la “Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción”, ratificada por 188 países, también el “Convenio de la OCDE para combatir el soborno de funcionarios públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales”, ratificado por 41 países, y finalmente el “Convenio de Derecho Penal y Protocolo Adicional del Consejo de Europa sobre la Corrupción”, ratificado por 44 países. En América Latina, la Organización de los Estados Americanos ha creado la “Convención Interamericana contra la Corrupción”, que ha sido ratificada por todos los países excepto Cuba. Además, durante más de 25 años, la Organización No Gubernamental Transparencia Internacional ha estado luchando activamente contra la corrupción y publica periódicamente índices para evaluar la tasa de corrupción en cada país. En 2004, las Naciones Unidas también lanzaron el “Programa Mundial contra la Corrupción”, en el que se presentan y explican diversos instrumentos para combatir eficazmente este abuso (Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito, 2004).

Muchos autores de relaciones internacionales se han interesado en la esfera económica de la corrupción, como Joseph Nye, que aplicó herramientas teóricas de otros campos como los “análisis clásicos de coste-beneficio”. Este análisis tradicional puede resumirse en la siguiente pregunta: ¿la práctica aporta más beneficios que el costo de la acción?  Bajo una lógica similar, Susan Rose-Ackerman explica la corrupción a partir de la teoría económica del crimen de Gary Becker, el cual encuentra que cometer un crimen es similar a una decisión racional (Caro, 1981). Sin embargo, Gordon Tullock fue el primero en considerar a la corrupción como una actividad que busca rentas. El principio común es que hay una búsqueda de la renta favorecida por la manipulación artificial o por el aprovechamiento de la explotación del sistema político y económico (Lafay, 2016). La perspectiva de la economía política internacional proporciona una visión particular del estudio de la corrupción. En efecto, además de su presencia a nivel interpersonal, la corrupción está presente a nivel global, a través del comercio internacional y de los intereses que de él se derivan. Si bien se practica en el sector comercial, la corrupción también está presente en la esfera política, es decir, en el propio sector público encargado de hacer cumplir las leyes. Por ello, el estudio de la eficacia de los convenios y marcos jurídicos internacionales, así como el estudio de los diálogos entre una diversidad de actores transnacionales, constituye un enfoque interdisciplinario capaz de tener en cuenta los desafíos y las implicaciones de las prácticas corruptas. El caso del escándalo de la FIFA en 2015, en el que siete dirigentes adjudicaron fraudulentamente sedes de las copas del mundo demuestra la presencia internacional de la corrupción. Además, este caso generó una cooperación jurídica internacional entre los países afectados. De hecho, la Oficina del Fiscal General de Suiza investigó conjuntamente a los dirigentes de la FIFA con el FBI. La lucha contra la corrupción es, por lo tanto, una cuestión mundial capaz de movilizar a una coalición internacional.

Photo © Hin255 – Dreamstime.com

Références

Cabin, P. (2000). Les rouages de la corruption. Sciences Humaines, 109(10), 20–20.

Caro, J. (1981). La théorie économique du crime. Sociologie du travail, 23(1): 122–128.

Lafay, J-D. (2016). L’économie politique de la corruption : aperçu analytique. Revue internationale et stratégique, 101(1), 91–99.

Nations Unies. (2004). Programme mondial contre la corruption. Vienne: Office contre la drogue et le crime. Accessed in: https://www.unodc.org/pdf/9dec04/general_f.pdf

Nations Unies. (1997). Convention du 17 décembre 1997 sur la lutte contre la corruption d’agents publics étrangers dans les transactions commerciales internationales (RS 0.311.21).

Nations Unies. (2003). Convention des Nations Unies contre la corruption (RS 0.311.56).

Nye, J. (1967). Corruption and political development: a cost-benefit analysis. The American Political Science Review, 61(2), 417-427.


Luis Fernando Cruz Araujo

Kenza Kebaili

María Valentina Leal Torres

Caroline Lot

Laura Ponce

beenhere

Publié en 2021

Licence Creative Commons
Les textes sont mis à disposition selon les termes de la Creative Commons Non-Commercial License.